Tutorías

De acuerdo al artículo 80 del Reglamento General de Educación Contínua y Posgrados se describe la atribución de la Junta Académica de aprobar la incorporación y permanencia de tutores; asimismo, solicitará al Coordinador del Programa de Posgrado la actualización periódica del padrón de tutores acreditados en el Programa, y vigilará su publicación cuatrimestral para información de los alumnos.El académico que desee incorporarse como tutor en el Programa, deberá solicitarlo a la Junta Académica y cumplir con los requisitos establecidos en este Reglamento. La resolución del a Junta Académica deberá hacerse del conocimiento del interesado por escrito. Un tutor podrá ser acreditado exclusivamente para la Maestría o el Doctorado, o para ambos. Se hace por tanto de conocimiento a tutor y tutorado de la relación académica a seguir.